Resolución N° 215/022 Requerimientos para Locales destinados Clubes Sociales, Salones Comunales y Salones de Fiesta (Grupo F-6)
Exceptuar el requisito de instalar la medida Sistema de Detección y Alarma para locales con destino exclusivo de Clubes sociales, Salones Comunales y Salones de Fiesta que cuenten con área de cálculo inferior a 200 m2, carga de ocupación real inferior a 250 personas y que cumplan con los requisitos de Salida de emergencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE BOMBEROS
Resolución: 215/22
Montevideo, 17 de febrero del 2022.
VISTO: La Resolución Nº 743/021 vigente hasta el 31/12/2021 y el compromiso del Departamento de Protección contra Incendios por adecuar las exigencias normativas para la gestión de Autorización que otorga la Dirección Nacional de Bomberos, en lo que respecta a los requerimientos para locales destinados a Clubes sociales, Salones Comunales y Salones de Fiesta.
RESULTANDO:
- En la propuesta de actualización de los Instructivos Técnicos Nº00 y Nº42 presentada por la Sección Análisis del Departamento de Protección contra Incendios y los criterios validados a instancias del Comité Técnico correspondiente, por la cual se establecen ajustes a las exigencias para los destinos mencionados en el VISTO.
CONSIDERANDO:
- El modelo de gestión establecido en el Capítulo V del Decreto 184/18 para la gestión de la Autorización ante la Dirección Nacional de Bomberos.
- Los artículos 3.6 y 21 del Decreto 184/18, que establece la facultad a los Comités Técnicos Consultivos para elaborar, evaluar y actualizar los Instructivos Técnicos, adecuando las exigencias para la gestión de la Autorización ante la Dirección Nacional de Bomberos.
- La tradición histórica de la Dirección Nacional de Bomberos, siendo fieles a la vocación y el espíritu de Servir Público que la caracterizan, empatizando con toda la sociedad en su conjunto y los diferentes actores que intervienen dentro del proceso de Autorización.
ATENTO: 1) A lo precedentemente expuesto.
EL DIRECTOR NACIONAL DE BOMBEROS
RESUELVE:
- Exceptuar el requisito de instalar la medida Sistema de Detección y Alarma para locales con destino exclusivo de Clubes sociales, Salones Comunales y Salones de Fiesta que cuenten con área de cálculo inferior a 200 m2, carga de ocupación real inferior a 250 personas y que cumplan con los requisitos de Salida de emergencia.
- Hacer efectiva dicha excepción para Proyectos ingresados a partir del 01 de enero de 2022-
- Aquellas gestiones que cuenten con Proyecto en estado Aprobado y que se encuentren comprendidas en el numeral 1º, quedarán exceptuadas de instalar la medida, debiendo de indicar el amparo a la presente Resolución al momento de Certificar.
- La presente Resolución será de aplicación hasta tanto no sea actualizada la normativa vigente a la fecha (IT00 - Tablas de clasificación de las edificaciones y medidas de protección contra incendio e IT42 - Proyecto Técnico - Certificación. Consideraciones y excepciones).
- Publíquese en la página web de la Dirección Nacional de Bomberos y dese la mayor difusión posible, para la toma de conocimiento de los diferentes actores vinculados al proceso de Autorización.
Firma:
El Director Nacional de Bomberos
Comisario General Ricardo RIAÑO