Resolución N° 669/021 Extensión excepcional de plazo para la instalacion para la tramitación de la certificación de las autorizaciones

Extender en carácter excepcional los plazos establecidos por la normativa vigente para la tramitación de la Certificación de las Autorizaciones que otorga la Dirección Nacional de Bomberos.

DIRECCIÓN NACIONAL DE BOMBEROS

Resolución: 669/2021

Montevideo, 25 de Junio de 2021.

VISTO: La necesidad de adecuar los procedimientos administrativos para la gestión de la Autorización que otorga la Dirección Nacional de Bomberos, a través de su Departamento de Protección Contra Incendios y Sistema PROMETEO, atendiendo a la situación de Emergencia Sanitaria por Pandemia de COVID-19 y su impacto sobre los diferentes actores que intervienen dentro del proceso de Autorización.

RESULTANDO:

  1. Que en numerosas situaciones, Técnicos Registrados y/o propietarios, han solicitado la extensión de los plazos establecidos en la normativa vigente, para el cumplimiento de las instancias dentro del Proyecto y la Certificación de los expedientes de Autorización.
  2. Que el incumplimiento de los plazos establecidos en la normativa, por parte del Técnico Registrado, Empresas Instaladoras, el propietario, o sus representantes según corresponda, implica la cancelación de los expedientes para la gestión de la Autorización.

CONSIDERANDO:

  1. El modelo de gestión establecido en el Capítulo V del Decreto 184/18 para la gestión de la Autorización ante la Dirección Nacional de Bomberos.
  2. El Decreto 93/020 de fecha 13 de marzo del corriente año, firmado por Presidencia de la República en Consejo de Ministros, por el cual se decreta Estado de Emergencia Sanitaria ante la Pandemia de COVID-19.
  3. La exhortación del Gobierno Nacional a toda la población de extremar las medidas de cuidado y prevención de contagio “haciendo uso responsable de la Libertad”, implicando fundamentalmente el distanciamiento social.

ATENTO:

  1. Al impacto social y económico de las medidas adoptadas, conllevando al cierre temporal de empresas, la baja de su rentabilidad y el envío de empleados a seguro de paro, impidiendo en algunos casos que se pueda acceder a los diferentes establecimientos.
  2. A la tradición histórica de la Dirección Nacional de Bomberos, siendo fieles a la vocación y espíritu de Servir Público que la caracterizan, empatizando con toda la sociedad en su conjunto y los diferentes actores que intervienen dentro del proceso de Autorización.

EL ENCARGADO DE LA
DIRECCIÓN NACIONAL DE BOMBEROS

RESUELVE:

  1. Extender en carácter excepcional los plazos establecidos por la normativa vigente para la tramitación de la Certificación de las Autorizaciones que otorga la Dirección Nacional de Bomberos.
  2. Hacer efectiva la misma para aquellas Autorizaciones que cuenten con vencimiento de plazos comprendidos durante el periodo desde el día 02 de julio de 2021 hasta el día 02 de diciembre del corriente año, otorgando un plazo adicional a partir del vencimiento original hasta el 15/12/2021----
  3. La presente extensión de plazos no aplica para Proyectos Especiales, según definición establecida en Art. 9.1.3 del Decreto 184/18, y a todas aquellas gestiones que se encuentren en instancia de estudio por parte de la Dirección Nacional de Bomberos (Excepciones y trámites en estado Vigente a analizar o inspeccionar) conforme a lo establecido del Artículo 9 del Decreto 184/18
  4. Publíquese en la página web de la Dirección Nacional de Bomberos y dese la mayor difusión posible, para la toma de conocimiento de los diferentes actores vinculados al proceso de Autorización.

Firma:

EL ENCARGADO DE LA
DIRECCIÓN NACIONAL DE BOMBEROS
Comisario General Ricardo RIAÑO

 

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