Resolución N° 671/021 Exceptuación en la Instalación de sistemas para locales con destino Salón de Fiestas

Exceptuar el requisito de instalar del Sistema de Detección y Alarma de incendios, para locales con destino exclusivo de Salón de Fiestas, cuya área de cálculo sea inferior a 200 m2 y su carga de ocupación real no supere las 250 personas. Hacer efectiva dicha excepción por un único período de Autorización (vigencia por 4 años) para aquellas gestiones iniciadas en el período comprendido entre el 02 de julio y el 31 de diciembre del año 2021.

DIRECCIÓN NACIONAL DE BOMBEROS

Resolución 671/2021

Montevideo, 20 de Julio de 2021.

VISTO: La necesidad de adecuar las exigencias normativas para la gestión de la Autorización que otorga la Dirección Nacional de Bomberos, a través de su Departamento de Protección contra Incendios y Sistema PROMETEO, atendiendo a la situación de Emergencia Sanitaria por Pandemia de COVID-19 y su impacto sobre los diferentes actores que intervienen dentro del proceso de Autorización para locales destinados a Salones de Fiestas.

RESULTANDO:

  1. Que dichos locales tuvieron un grado de afectación importante debido a la situación de Emergencia Sanitaria por Pandemia de COVID-19

CONSIDERANDO:

  1. El modelo de gestión establecido en el Capítulo V del Decreto 184/18 para la gestión de la Autorización ante la Dirección Nacional de Bomberos.
  2. El Decreto 93/020 de fecha 13 de marzo del corriente año, firmado por Presidenciade la República en Consejo de Ministros, por el cual se decreta Estado de Emergencia Sanitaria ante la Pandemia de COVID-19.
  3. Las nuevas directivas del Gobierno respecto a la reapertura de los locales autorizados como Salones de Fiestas para que los mismos puedan funcionar.

ATENTO:

  1. Al impacto social y económico de las medidas adoptadas, conllevando al cierre temporal de empresas, la baja de su rentabilidad y el envío de empleados a seguro de paro, impidiendo en algunos casos que se pueda acceder a los diferentes establecimientos.
  2. A la tradición histórica de la Dirección Nacional de Bomberos, siendo fieles a la vocación y espíritu de Servir Público que la caracterizan, empatizando con toda la sociedad en su conjunto y los diferentes actores que intervienen dentro del proceso de Autorización.

EL DIRECTOR NACIONAL DE BOMBEROS
RESUELVE

  1. Exceptuar el requisito de instalar del Sistema de Detección y Alarma de incendios, para locales con destino exclusivo de Salón de Fiestas, cuya área de cálculo sea inferior a 200 m2 y su carga de ocupación real no supere las 250 personas.
  2. Hacer efectiva dicha excepción por un único período de Autorización (vigencia por 4 años) para aquellas gestiones iniciadas en el período comprendido entre el 02 de julio y el 31 de diciembre del año 2021.
  3. Aquellas gestiones que cuenten con Proyecto en estado Aprobado y que se encuentren comprendidas en el numeral 1º, quedarán exceptuadas de instalar la medida, debiendo de indicar el amparo a la presente Resolución al momento de Certificar
  4. Publíquese en la página web de la Dirección Nacional de Bomberos y dese la mayor difusión posible, para la toma de conocimiento de los diferentes actores vinculados al proceso de Autorización.

Firma:

EL DIRECTOR NACIONAL BOMBEROS

Comisario General Ricardo RIAÑO.

 

Dirección: Colonia 1665. Teléfono: 20303536. C/E: bomberos-consultashabilitaciones@minterior.gub.uy

 

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